Fecha: 15/03/2020

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Durante la tarde del día de hoy, el Ejecutivo Nacional anunció la suspensión a partir de las 05:00 a.m. del día lunes dieciséis (16) de marzo de 2020 “de todas las actividades laborales excepto las actividades de servicio social y de necesidad apremiante” a tenor de lo cual recalcó que están excluidos de la suspensión los siguientes sectores: cadenas de distribución de alimentos, servicios sanitarios y de salud del país, servicios de seguridad policial y militar, así como también los servicios de transporte (quienes deberán portar uso de tapabocas obligatorio). Por los momentos, dicha medida afecta únicamente a Caracas, La Guaira, Miranda, Zulia, Táchira, Apure y Cojedes.

Si bien es cierto a la fecha no se conocen detalles adicionales respecto del alcance, duración ni del contenido del Decreto, es importante destacar que, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, tal decisión implica la no prestación de servicios y, por tanto, el no pago del salario.Nuestro equipo se encuentra atento al acceso del contenido del Decreto en específico, el cual una vez esté disponible, será sometido a nuestro acostumbrado análisis de implicaciones.

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