Fecha: 05/02/2021

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Hace dos días fue anunciado al país, que el próximo período flexible será superior de 7 días, siendo que abarcará lunes y martes de carnaval, así como también el miércoles 17 de febrero de 2021. No obstante, la naturaleza jurídica de feriados no está afectada con la medida.

De acuerdo con la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras vigente, ello implica que están suspendidas las labores. Por lo tanto, las entidades de trabajo deben permanecer cerradas al público, salvo las disposiciones previstas en dicha Ley; a saber: actividades que no puede interrumpirse por razones de interés público, técnicas y/o circunstancias especiales.

En los casos que un trabajador preste servicios en alguno o ambos días feriados, aparte de la remuneración que corresponda por dichos días, tendrá derecho al pago adicional de un día de salario por cada feriado trabajado calculado con un cincuenta por ciento de recargo.

En aquellos supuestos en los que la(s) fecha(s) coincida(n) con su descanso semanal obligatorio, deberá concederse además un día de descanso compensatorio por cada feriado laborado.

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