Fecha: 06/03/2024

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En días pasados, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia ordenando la convocatoria de un acto de mediación. La importante decisión tiene fundamento en tres puntos clave; a saber:

  • El reconocimiento expreso respecto que la mediación es una forma alternativa para la solución de conflictos,
  • Que ambas partes manifestaron reiteradamente en el expediente su deseo de dar cumplimiento a la orden de reenganche,
  • Que el conflicto versa sobre derechos laborales, lo que constituye una materia de naturaleza disponible y; por lo tanto, respecto de la cual no está prohibida la autocomposición procesal.

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