Fecha: 04/10/2021

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Ante la reconversión monetaria en vigor desde el pasado 1º de octubre de 2021, se formó mucha expectativa respecto de un eventual ajuste del salario mínimo. 

El equipo de LabLabor, de forma cónsona con el compromiso responsable de informar, se mantuvo al margen de cualquier aproximación especulativa desde el principio.

Desde luego, variables como la inflación y la devaluación, afectan de forma directa el poder adquisitivo de las personas que hacen vida en Venezuela. 

Igualmente es cierto que el salario mínimo ha recibido un único ajuste durante el año 2021 (mayo) cuando se fijo su valor mensual en Bs. 7.000.000,00 de ese entonces (hoy equivalentes a U.S. $$ 1.68 según la tasa de cambio establecida por el Banco Central de Venezuela a la fecha de publicación de la presente nota).

¿Por qué no se hizo un ajuste en octubre?

Muchas variables están asociadas a la no materialización del ajuste del salario mínimo en Venezuela. Veamos las tres principales: 

  1. Ingreso real: pese a la insuficiencia de su valor formal (situación reconocida por todos los actores laborales) en la práctica trabajadores del sector privado prestan servicios por un valor mucho más alto respecto del mínimo establecido en el Decreto de mayo de 2021, en tanto que en el sector público se han ejecutado algunos ajustes y pago de bonificaciones.
  2. Producción: porque las condiciones económicas de las entidades de trabajo hoy no permiten absorber de forma plena todo el impacto de un ajuste del salario mínimo verdaderamente acorde con la canasta básica.
  3. Impacto inicial de la reconversión: aunque no exista pleno consenso sobre ello, sí existe un impacto económico derivado de la eliminación de seis (6) ceros del signo monetario, lo que puede causar una distorsión inicial de los precios de bienes y servicios.

¿Se hará un ajuste del salario mínimo antes que termine el 2021?

Desde hace un importante tiempo, el salario mínimo en Venezuela dejó de ser un marcador en el mercado laboral. Sin embargo, lo anterior no exime la obligación de su revisión en los términos previstos en la legislación laboral venezolana (cada año, procurando el principio de suficiencia, igualdad y teniendo en cuenta el costo de la canasta básica, así como también previa realización de un estudio y oídas fueren las opiniones de las distintas organizaciones sociales e instituciones en materia socioeconómica al respecto).

Por lo tanto, si bien la periodicidad de revisión (anual) es un aspecto atendido, la importante pérdida del poder adquisitivo experimentada en los últimos meses sugiere que sí se llevará a cabo un ajuste de su valor antes de concluir el 2021.

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