Fecha: 06/11/2019

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A finales de octubre de 2019, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, se pronunció respecto del caso en el cual un socio de una firma de abogados, demandó conceptos laborales alegando ser trabajador. Del resultado de la aplicación del test de laboralidad, la Sala concluye que en efecto el socio internacional de una firma de abogados puede ser trabajador.

La decisión precisa además criterios en torno a los grupos de entidades de trabajo, trabajador de dirección, carácter no salarial del bono de productividad; y las implicaciones de fijar pagos en dólares de naturaleza salarial.

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